Administración del Concejo
MAGISTRADOS -POLÍTICOS
El Señor Jurisdiccional al que pertenecía la Villa (Duque del Infantado de Guadalajara o su representante)
Alcaldes ordinarios, tenían como funciones principales la de jueces de primera instancia en el pueblo, mantener el orden, presidir el Ayuntamiento, atender la administración municipal y recaudar contribuciones y recaudar contribuciones con la ayuda de los regidores. El número de alcaldes era de dos, y para poder ser nominado alcalde de una villa, había que ser varón y mayor de 20 años. Hay que destacar que los hijos de los dos alcaldes ordinarios en 1667, de Los Molinos, además de poder desarrollar estudios, algo fuera de lo común en un pueblo tan pequeño, obtuvieron puestos relevantes: uno, Francisco Martín Majarrodilla como oidor de la Real Audiencia en Filipinas y el otro como clérigo y escritor de numerosos libros religiosos., Félix de Alamín.
El apellido Majarrodilla está vinculado a la Capellanía de Majarrodilla, con terrenos y otras propiedades, p ej. un molino, en Los Molinos. Una capellanía es una Fundación en la cual el capellán tiene derecho a cobrar el fruto de ciertos bienes a cambio de la obligación de celebrar misas y otros actos de culto.Eran acciones religiosas instauradas en la Iglesia Católica, mediante las cuales el fundador, generalmente una persona acaudalada, dejaba en su testamento una cantidad de dinero que se ponía en renta, para que con las ganancias se pagara la realización de un número determinado de misas por la salvación de su alma. De origen medieval.
Concesión del villazgo
1667 Alcaldes ordinarios: Sebastián García de Majarrodilla y Pedro de Alamín
1763 Alcaldes ordinarios: Martín Eugenio Montero, Francisco Bravo
1764 Alcaldes ordinarios: Francisco Madrid, Narciso García Escuzaña
1765 Regidores, eran los encargados del abastecimiento de la población, de la administración de los intereses económicos del municipio y colaboran con los alcaldes en la cobranza de las contribuciones y repartimentos. Los regidores, al controlar la economía municipal, podían obtener unos buenos beneficios económicos y es precisamente la búsqueda del beneficio propio lo que llevaba a invertir una importante suma de dinero en la compra del cargo. Al encargarse de la recaudación y distribución de contribuciones reales podían cometer irregularidades que les beneficiasen
El cobro de dichas contribuciones se realizaba mediante los “encabezamientos”, de modo que a cada pueblo se le asignaba el pago de una cantidad global fija, encargándose los alcaldes y regidores de asignar a cada vecino su parte, lo que les permitía eximir o rebajar la cantidad de dinero a pagar ellos mismos, sus familiares o conocidos, y al mismo tiempo recargar su parte al resto de los vecinos.
Regidores
1667. Sebastián Benito
1774. Eugenio montero
1787. Eugenio Montero
1814. Pedro Calvo; Ignacio Nosuejon
1833. Esteban Savia
1869. Lorenzo Álvarez
Procurador de la villa, miraba por los derechos de los vecinos y el “bien de la república” y representaba al concejo en los muchos pleitos en los que el municipio podía verse envuelto.
1667. Procurador Francisco Esteban
1719. procurador Francisco Martín Herranz
Catastro de la Ensenada
1751 Procurador Síndico Sebastián Martín Herranz
1751. Joseph Martín Majarrodilla
1751. Juan Martín Majarrodilla
1763. Diego Cordero, Eugenio Brabo
1774. Benito Jiménez
1814. Síndico José Nevado
1857. Síndico Gregorio Álvarez
1924. Juez Pedro Martín Martín
Alcalde de Hermandad, responsable del orden público.
1667. Alguacil Francisco Monzolo
Alcalde de Hermandad Francisco de Herrería
Alcalde de la Hermandad Crescencio Brabo
Sexmero: Oficiales recaudadores de impuestos. Repartidores de terrenos concejiles. Administradores del patrimonio territorial del común de los vecinos. Todos ellos tomas decisiones políticas.
SECRETARIOS ADMINISTRADORES DE LA VILLA
Escribanos, contadores, mayordomos, fiel de fechas, abogados… Preparaban informes, la secretaría y la administración económica… Desarrollan administrativamente las decisiones políticas.
Concesión del villazgo
1667. Escribano: Nicolás de la Pressa
Catastro de la Ensenada
1751
Mayordomo: Pedro Bravo
Fiel de Fechas y Escribano: Joseph Jerónimo Herranz, maestro de niños y tabernero
1855 Secretario: Mariano Valencia
1857 José Martín Bravo
1892-1895 Secretario: Juan Francisco Vecino
1900 José Almazán
1901 José Almazán
1909-1936 Galo Montalvo
1936-39 Gaspar Gómez Pita
1939
1946 José Moya Layna
1965 José Moya Layna
1968 José Moya Layna
1973 Manuel Bersal Fernández
1977 Manuel Berzal Fernández
1979 Celso Sieiro Regueiro
1980
Fermín Montalvo Barrero
Lorenzo Pérez Delgado
1981-1982 Francisco Rodríguez de Puelles
1995 Eduardo González López
2004 – 2008 Víctor Manuel González Romero (suplente durante la Excedencia Especial de Altos Cargos en el IFM en INEM de Eduardo González López)
2008- 2019 Eduardo González López
2018 Roberto Molinero Montalvo ( sustitución)
2020 Victor Manuel González Romero
LABORALES
Alguacil: autoridad policial en la villa velando por la seguridad de los vecinos. Se encargaba de las detenciones y la cárcel.
1721 Alguacil Manuel Bravo
Catastro de la Ensenada
1751 Baltasar de Santos
1893 Cándido Molero Sánchez
Portero
Alarife: maestro de obras
Buldero: funcionario de la Iglesia Católica, activo principalmente durante la época de las cruzadas, que se encargaba de recaudar las limosnas de los creyentes pero, principalmente, de distribuir las bulas de las cruzadas. Es un deformación de bulero, de las bulas.
Serviciero
Guardia
Cuadrilleros
Ejecutan las decisiones políticas
A estos cargos en el s XVII se accedía bien por elección, donación, permuta, herencia o compra-venta.
LOS IMPUESTOS
El repartimiento era el modo de recaudar los impuestos directos, como eran los servicios ordinarios y extraordinarios. Las Cortes repartían las cantidades entre los contribuyentes, que eran los pecheros, ya que el clero y la nobleza estaban exentos de pagos fiscales. Aunque después de los catastros sobre la situación de la Hacienda Real de Castilla podemos concluir que al finalizar el siglo XVII no había, en la práctica, ninguna clase exenta de contribuir, ya fuera de una forma u otra, a los gastos de la Corona. El rey acabó cobrando impuestos de todos los habitantes de sus reinos
El municipio se componía de la corporación, la población y el territorio.
Se consideraba vecino a quien pertenecía a la población o comunidad gobernada por el concejo, solo se podía acceder a ella por acuerdo del concejo. Nadie que no formarse pate de la vecindad podía disfrutar de los bienes comunales. En número de vecinos no se corresponde con el de los habitantes ya que solo es considerado vecino quien podía pagar impuestos y entorno a cada vecino había entre 4 y 6 personas entre los que se encontraban su esposa e hijos, familia a su cargo y los criados. Se estima que la población en Los Molinos en el año 1667 era entre 150 y 190 habitantes.
La villa tenía tres tipos de haciendas:
La de PROPIOS, la del PÓSITO financiaban el municipio y la de ARBITRIOS beneficiaba a la corona. El concejo tenía un papel financiero-fiscal.
El arrendamientoera un sistema de recaudación por el cual personas adineradas adelantaban al estado la cantidad total que se esperaba cobrar de un impuesto y los arrendadores se encargaban de cobrar el impuesto por medio de recaudadores propios.
Mediante elencabezamiento los municipios se obligaban, después de un concierto con los representantes reales, a pagar una cantidad determinada a la Coronaque luego repartían entre los vecinos. El repartimiento de esta presión fiscal – encabezamiento, tercia, alcábalas…- formaba parte de cometido del ayuntamiento.
ENCABEZAMIENTOS
Los encabezamientos o asientos, aparecen en los primeros años del siglo XVI y es un sistema de recaudación de impuestos de la Edad Moderna. Consistía en subastar los impuestos al mejor postor, con lo que la corona se aseguraba unos ingresos mínimos, mientras que quien los alquilaba adquiría el derecho de cobrar todos los impuestos correspondientes a una determinada zona. Los que consiguen, tras subasta, un encabezamiento se les llama arrendadores mayores. El motivo de esta práctica, que ahora puede parecer absurda, era que la recaudación de todos los impuestos de todos los territorios suponía más gastos que ingresos, por eso se inventó el sistema de encabezamientos, o alquiler del derecho de recaudación, con lo que la corona, como hemos dicho, se aseguraba unos ingresos fijos, aunque menores de lo que le hubiese correspondido. Los que consiguen, tras subasta, un encabezamiento se les llama arrendadores mayores. En el interrogatorio de Ensenado en Los Molinos refiriéndose a los molinos, sus molineros y los impuestos:
TERCIAS
Tercias Reales era un impuesto comprendido dentro de las rentas provinciales. Aunque la Iglesia no pagaba impuestos, pero si los recaudaba (el diezmo) y, para mantener sus privilegios ante el rey, hubo de conceder contribuciones para el sostenimiento del Estado. Esta contribución fue ceder los dos novenos de los diezmos eclesiásticos recaudados por la misma, las llamadas tercias reales, expresión que sugiere equivaler a la tercera parte de lo diezmado. Este impuesto que en principio se planteó como transitorio llegó a convertirse en un ingreso habitual de la Corona.
No se sabe exactamente cuando comenzaron a cobrarse, por la Corona tercias reales, aunque la opinión más común es que se concedieron al Rey Alonso X el año 1274 para ayuda de la guerra contra los moros.
ALCÁBALAS
Consistía en un tanto por ciento que el fisco recaudaba sobre todas las ventas de productos y de fincas tantas veces como dichos bienes fuesen vendidos ya fuera al por mayor o por menor. Aparentemente era un impuesto indirecto que gravaba las compraventas, y todo tipo de transferencias, que sin lugar a dudas, fue el impuesto que más ingresos producía a la Hacienda Real. En el S. XVII la alcabala había aumentado desde el primitivo 5 por ciento ya que consistía en el derecho de la veintena parte (5 por ciento) de todo lo que se vendiese, permutase o sobre lo que se estableciese censo. Siete años más tarde, en 1349, se aumentó a un 10 por ciento, porcentaje en el que se perpetuó, incluso llego hasta un 14 por 100. A propósito de este impuesto, Jovellanos comentaba en su «Informe de la Ley agraria»: «Estos impuestos, sorprendiendo los productos de la tierra desde el momento que nacen, los persiguen y muerden en toda su circulación sin perderlos jamás de vista ni soltar su presa hasta el último instante del consumo. A partir del siglo XVII se le fueron añadiendo los cientos, (otro impuesto) como incrementos de tipo teórico, para el pago de los servicios de millones”
SERVICIO REAL DE MILLONES
En principio extraordinario y cobrado por primera vez en 1538 por Carlos I, pero que se convertiría, a lo largo del siglo XVI, en un impuesto ordinario indirecto cobrado sobre los bienes de consumo de primera necesidad por medio de SISAS.
SISA
Tributo que se cobraba sobre los comestibles acortando las medidas, p. ej. el peso (pan, carne, vino, aceite, vinagre, harina, tabaco – en 1869 el estanquero era Benito de Lucas, en 1874 Juan Alonso-; y luego se ampliaron al plomo, al azufre, al bermellón, a la pólvora, al lacre, a los naipes y al pasto de los animales) en tierras comunales, las llamadas siete rentillas.); y la diferencia entre el precio pagado y el precio recibido era lo denominado “sisa”. Al gravar principalmente bienes de primera necesidad, era muy impopular. Tanto que la definición del diccionario dice: cantidad pequeña de dinero que se defraudao se hurta, especialmente en la compra diaria.
BIENES DE PROPIOS
Eran la base de los ingresos de los ayuntamientos: molinos, hornos, carnicería, taberna, tierras labrantías, etc. Eran de tres tipos: fincas rústicas (de labor y pasto), fincas urbanas y derechos (rentas que se perciben, impuestos que se cobran, censos, etc) El mayordomo de propios se encargaba de cobrar las fianzas, a veces cuantiosas.
Como no se cubrían los gastos con este ingreso, el ayuntamiento recurría a la derrama entre todos los vecinos, que se sumaba al resto de los arbitrios. Los arrendatarios de propios pertenecían al grupo socio económico más pudiente e incluso algunos de estos bienes se arrendaban por testaferros de los regidores contraviniendo la ley por lo que el poder económico del lugar utilizaba en beneficio propio el aparato administrativo de los concejos.
El PÓSITO fue una institución municipal cuya misión era prestar trigo y harina a los labradores para paliar las malas cosechas, las rentas del pósito en ocasiones se dedicaba a gastos diferentes al a adquisición del cereal. En Los Molinos el Pósito se encontraba entorno al Molino de la Cruz.
En una sociedad en la que predominaba la economía agraria, disponer de semillas para la sementera y asegurar los abastos, principalmente de harina, de las ciudades y las tierras constituyó un objetivo prioritario para los gobernantes locales. Las constantes y, veces graves crisis de subsistencia ponían en marcha la dramática espiral de escasez, la carestía, el hambre y la muerte. Para contrarrestar esta terrible lacra del antiguo Régimen Felipe II, la pragmática de 15 de Mayo d 1584, reguló la conservación y aumento de los pósitos convirtiéndolos desde entonces en eficaces instrumentos reguladores de aquellos vaivenes incontrolados de la producción agrícola.
El pósito fue esa institución municipal que tuvo por misión hacer préstamos de trigo a los labradores y de harina a los panaderos para que los primeros paliasen las demoledoras consecuencias de malas o nulas cosechas consecutivas y los segundos contasen con el cereal imprescindible para un mínimo abastecimiento de pan.
Otra Bibliografía:
*Gobierno Político de los pueblos de España. Lorenzo de Santayana Bustillo. 1769
*Hacienda Municipal. Constitución de Rentas. Juan Antonio Pardos Martínez
*Historia Económica de la Edad Moderna UCM Curso 2012-2013 *Historia y Genealogía. Paloma Torrijos.*Archivo Histórico Municipal Los Molinos.
Algunos ALCALDES EN LOS MOLINOS
1667
- SEBASTIÁN GARCÍA MAJARRODILLA
- PEDRO ALAMÍN
1719
- ISIDRO VENTURA
- JUAN MONTALVO
1721
- SEBASTIÁN GARCÍA
- JUAN MARTÍN
1724
- MANUEL MARTÍN
- JUAN MORENO
1725
- FRANCISCO BENITO
- JUAN GARCÍA BRABO
1750
- SEBASTIÁN GARCÍA MORENO
- JOSÉ FRANCISCO HERRANZ
1751
- MANUEL BENITO MAIOR
- FRANCISCO GARCÍA CARRIÓN
1753
- PEDRO BENITO
- MANUEL BRAVO
1755
- MANUEL BRAVO
- MARTÍN EUGENIO MONTERO
Nombramientos, alcaldes, regidor, alguacil
1760
- JUAN MONTERO
- ROMUALDO SÁNCHEZ
1761
- MANUEL ELVIRA
- FRANCISCO MUÑOZ HERRANZ
1763
- EUGENIO MONTERO
1774
- JUAN MEDINA
1786
- FRANCISCO MADRID
- NARCISO GARCÍA ESCUZAÑA
1808
- FRANCISCO GARCÍA BENITO
- FRANCISCO HERNÁNDEZ GARCÍA
1812-1814
- PEDRO MARTÍN
1814
- MANUEL PABLO BENITO
- ESTEBAN MIRANDA
1833
- LEANDRO HERRANZ SANZ
1835
- JUAN PABLO GONZÁLEZ
- JOSÉ FLORENTINO GARCÍA
1836
- HILARIO MORENO
- ANSELMO MIGUEL
1839
- JUAN PABLO GONZÁLEZ
- ANTONIO HERNÁNDEZ
1847
- LORENZO ÁLVAREZ
- JOSÉ HERNÁNDEZ MONTERO
1850
- LORENZO ÁLVAREZ
- BASILIO MONTERO
1854-55
- MARIANO HERRANZ
1856-57
- LORENZO ÁLVAREZ
1857
- FRANCISCO NAVAS
1859
- JOSÉ HERNÁNDEZ MOLERO
1862
- PASCUAL ALONSO
1863-64
- PASCUAL ALONSO
1867 -68
- FRANCISCO NAVAS PRIETO
1874
- MARIANO HERNÁNDEZ
1882
- BERNARDO LÓPEZ
1884
- VICENTE NAVAS
1889
- DOMINGO HERRERO
1892-93
- JULIÁN VISETÓN
1894
- NICOLÁS MARTÍN
1898
- BENITO DE LUCAS
1899-1901
- SINFOROSO MARTÍN HERNANDO
1908
- HIGINIO GIMENO
1911
- JUSTO MOLERO
1913
- VICENTE NAVAS
1916
- FELIPE ALONSO
1918
- DOMINGO HERRERO
1920
- PEDRO MARTÍN
- DEOGRACIAS ANTÓN
1922
- MARIANO DE LUCAS ANTÓN
- BENITO DE LUCAS HERNÁNDEZ (interino)
1923
- JESÚS MONTERO
- BENITO DE LUCAS
1924
- MARIANO LÓPEZ
1925
- INOCENCIO CARRALÓN
- DOMINGO HERRERO BARRERO
1927-1929
- DOMINGO HERRERO
1930-32
- BENITO DE LUCAS
1933
- GALO MONTALVO
1936
- SANTIAGO ANDRÉS DE ANDRÉS
- ( 20 Abril) VICTORIANO DOMÍNGUEZ
1939 (mayo)
- ZACARÍAS GONZÁLEZ
1939 (septiembre)
- EVARISTO PRIETO
1939 (octubre)
- CÁNDIDO SANZ
1939
- DIONISIO ALONSO
1940
- DIONISIO ALONSO
1941
- ÁNGEL CRIADO MORALES
- PEDRO GUTIÉRREZ
1942
- ÁNGEL CRIADO MORALES
1943
- RAMÍREZ PIÑUELA
1945
- MARIANO SALGADO MANRIQUE
1946
- DOMINGO ANTÓN HERERO
- PRIMITIVO HERRERO
1952
- PRIMITIVO HERRERO
1954
- NICOLÁS BRAGADO MORILLO
- ALFREDO HERRERO VECINO
- NICOLÁS BRAGADO MURILLO
1960
- MANUEL DÍAZ HEREDERO
1962
- MANUEL PÉREZ MONEDERO
1964
- ALFREDO VECINO HERRERO
1971
- VICENTE RAMÍREZ HERRERO
1974
- VICENTE RAMÍREZ MERINO
1975
- JUAN MANUEL LÓPEZ-PALOP Y OLEA
1977
- JESÚS PEREZ PÉREZ
1995
- ÁNGEL ARAÚJO HERNÁNDEZ
1999
- JUAN RUBIO GARCÍA
2000
- BENITO DE PRÁDENA MOLERO
2003
- FRANCISCO JAVIER ALONSO PRIEGO
2011
- JUAN PABLO GONZÁLEZ GONZÁLEZ
2015
- ANTONIO COELLO GÓMEZ-REY